Resumen Ejecutivo:
En el presente artículo realizamos un análisis de las principales normas laborales que establecen los lineamientos para el retorno al trabajo presencial ello en virtud a la Resolución Ministerial N° 1275-2021/MINSA expedida el 03.12.2021 que aprueba la DIRECTIVA N° 321-2021-MINSA/DGIESP – Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Sars-Cov-2. Asimismo brindaremos algunas recomendaciones para preparar los ambientes de trabajo y así lograr un retorno al trabajo presencial sin contingencias laborales.
1. Reglas Generales para el retorno al trabajo presencial
A continuación, resaltamos las principales disposiciones de la Directiva Administrativa 321-2021-Minsa referidas a las medidas establecidas para el retorno al trabajo presencial:
- El empleador verificará que los trabajadores cuenten con la dosis completa de vacunación.
- No son requisitos vigentes la toma o control de temperatura.
- Se debe asegurar la ventilación de los centros de trabajo con ambientes adecuadamente ventilados de forma natural y mecánica y que mantengan características físicas que permita el flujo del aire.
- El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de cada centro de trabajo debe evaluar la condición de salud del trabajador previo al regreso al centro de labores, cumpliendo con cada paso detallado de la Directiva en mención.
- El empleador debe establecer los puntos de desinfección o lavado de manos dentro del lugar de trabajo, debiendo ubicar que uno de los puntos se ubique en el ingreso del centro de trabajo.
- El empleador debe realizar actividades de información y orientación que sensibilicen a los trabajadores de la prevención del contagio en el centro de trabajo. Las actividades deben realizarse a la totalidad de trabajadores en la empresa y son adicionales a las capacitaciones que por ley deben brindarse al personal.
- Se debe implementar medidas preventivas para reducir el riesgo de la transmisión del SARS-CoV-2 tales como:
- Se disponen medidas de protección personal, siendo algunas de ellas las siguientes:1) El empleador asegura la disponibilidad de los Equipo de Protección Personal e implementa las medidas para su uso correcto y obligatorio, 2) Los trabajadores de ambientes de bajo y mediano riesgo deben cumplir con el mínimo estándar de una mascarilla KN95 o de doble mascarilla (mascarilla quirúrgica y una de tela adicional), 3) El trabajador debe evitar las áreas donde se conglomeren personas, durante la ida o retorno al centro de trabajo.
- El empleador debe realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores de manera permanente sea que realicen trabajo remoto, presencial o mixto.
- Medidas orientadas a evitar la exposición a SARS-CoV-2 en el puesto de trabajo, siendo la primera la realización de trabajo remoto o teletrabajo. En ese sentido, es importante evaluar como parte del deber de prevención, la continuidad en la prestación de servicios a distancia.
- Medidas que establecen controles administrativos al momento del ingreso, desarrollo y finalización de la jornada de trabajo, así como establecer protocolos para las reuniones presenciales.
- Brindar capacitaciones a todos los trabajadores sobre las medidas preventivas adoptadas y protocolos a seguir.
- Se disponen medidas de protección personal, siendo algunas de ellas las siguientes:1) El empleador asegura la disponibilidad de los Equipo de Protección Personal e implementa las medidas para su uso correcto y obligatorio, 2) Los trabajadores de ambientes de bajo y mediano riesgo deben cumplir con el mínimo estándar de una mascarilla KN95 o de doble mascarilla (mascarilla quirúrgica y una de tela adicional), 3) El trabajador debe evitar las áreas donde se conglomeren personas, durante la ida o retorno al centro de trabajo.
- El empleador debe realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores de manera permanente sea que realicen trabajo remoto, presencial o mixto.
- Dentro de las disposiciones para el regreso de trabajadores que estuvieron en aislamiento social obligatorio y reincorporación al trabajo se destacan las siguientes:
- Solo los trabajadores que no son actualmente caso sospechoso ni confirmado COVID-19 y que tengan vacunación completa (dos dosis y de refuerzo) pueden regresar a trabajo presencial.
- La reincorporación del personal que se encuentren en el grupo de riesgo debe ser progresivo considerando el aforo, tarea y jornada laboral, sino cuentan con vacunación completa deberán continuar realizando trabajo remoto.
- El retorno al trabajo en puesto de alto o muy alto riesgo debe considerar jornadas semipresenciales por 30 días y una reevaluación después de 30 días.
- El personal que se reincorpora al trabajo es evaluado con el fin de determinar su estado de salud, previo al reinicio de sus labores.
- Disposiciones mediante las cuales el empleador efectuará la revisión y reforzamiento de capacidades a los trabajadores en procedimientos de trabajo con riesgo crítico según su puesto de trabajo y que dejaron de trabajar durante el aislamiento social obligatorio. Esta actividad puede ser presencial o virtual y debe darse antes de la reincorporación, a fin de que el trabajador sea reentrenado si su trabajo es de riesgo.
- Disposiciones para el regreso o reincorporación al trabajo de los trabajadores con factores de riesgo COVID-19 dentro de las cuales debe tenerse en cuenta, previo al regreso o reincorporación, la información clínica del trabajador, el grupo de riesgo al que pertenece, el nivel de exposición en el área de trabajo.
2.Obligaciones del Empleador para el retorno al trabajo presencial
Todo empleador debe evaluar de acuerdo cuales son los puestos imprescindibles y los trabajadores que deberán retornar a sus labores presenciales, una vez determinado ello deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
Según el Anexo 8 de la Directiva N° 321-2021-MINSA, son las siguientes: | |
1. | Identificar los puestos de trabajo con asistencia presencial imprescindible. |
2. | Acondicionamiento de infraestructura. |
3. | Garantizar distanciamiento seguro en los puestos de trabajo. |
4. | Implementar medidas de protección colectiva. |
5. | Establecer controles de riesgo, distanciamiento y ventilación. |
6. | Garantizar y proveer de Equipos de Protección Personal (EPP). |
7. | Vigilancia de salud del trabajador permanente. |
8. | Monitorear los factores de riesgo psicosocial. |
9. | Evaluar la necesidad del retorno de los trabajadores de grupos de riesgo, según el nivel de alerta de acuerdo a la tabla contenida en la Directiva. |
3. La necesidad de contar con espacios ventilados
Una de las principales novedades de la Directiva N° 321 es que el empleador debe garantizar contar con espacios ventilados para realizar trabajo presencial, así pues se ha eliminado el lineamiento referido a “Limpieza y Desinfección de Centros de Trabajo” y el nuevo lineamiento referido a ventilación de centros de trabajo contempla las siguientes incorporaciones:
- Evaluar las características físicas de cada uno de los ambientes de un centro de trabajo, considerando entradas y salidas de aire, flujos de aire, fuentes de ventilación natural y artificial, entre otros, lo cual será evaluado por las entidades fiscalizadoras, a través de la medición de CO2, para evaluar la emisión de bioefluentes humanos en ambientes cerrados, aglomerados y de contacto cercano.
- Ambientes adecuadamente ventilados de forma natural, como espacios al aire libre o ambientes con ventanas con un área libre de ventilación no menor a un veinteavo (1/20) de la superficie del piso de la habitación. Se recomienda mantener las puertas y ventanas de las oficinas abiertas para evitar el recurrente contacto con las perillas o manija de las puertas y permitir el ingreso de aire nuevo al ambiente.
- Ambientes adecuadamente ventilados de forma mecánica, a través de renovaciones cíclicas de aire según lo indicado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el Reglamento Nacional de Edificaciones, el Ministerio de Salud o norma internacional oficial, según el riesgo encontrado en el ambiente de trabajo. La renovación de aire debe realizarse empleando aire exterior, y sólo cuando esto no sea técnicamente posible, se puede usar aire tratado con estrategias de limpieza reconocidas por organismos internacionales.
- Pueden instalarse extractores de aire estratégicamente ubicados en lugares que permitan la salida de aire, teniendo en cuenta no causar flujo aéreo directamente entre personas.
4. Criterios para Evaluar el Retorno y Reincorporación
El empleador debe evaluar la condición de salud del trabajador previo al regreso al centro de trabajo, a través de las siguientes acciones:
- Identificarlos puestos de trabajo en los que es imprescindible el trabajo presencial o si puede desarrollarse de manera remota o mixta.
- Reportaral Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo si presenta signos o síntomas relacionados a las definiciones de COVID-19.
- Aplicarpruebas de tamizaje, las indicadas únicamente por el Servicio de SST con el propósito de detectar posibles casos o contactos.
El establecimiento de salud o empleador deberán entregar un certificado médico o certificado de incapacidad temporal, con indicación del médico tratante, por el tiempo considerado para el aislamiento y/o cuarentena, en los casos sospechosos.
5.- Criterios para los trabajadores pertenecientes a un “Grupo de Riesgo”
Ya sea por la edad o factores clínicos muchos trabajadores pertenecen a un Grupo de Riesgo por lo cual se les debe un trato diferenciado de un trabajador común, ello con la finalidad de minimizar el riesgo de contagio y salvaguardar su estado de salud por su estado de vulnerabilidad.
En el siguiente cuadro detallamos los criterios más importantes:
Trabajo remoto para el grupo de riesgo | Los trabajadores de grupo de riesgo con vacunación incompleta o pendiente deben continuar realizando actividades remotas. |
Retorno progresivo del grupo de riesgo | El retorno o reincorporación del personal con factores de riesgo para COVID- 19 debe ser progresivo, considerando el aforo, tarea y jornada laboral. |
Semipresencialidad para puestos de alto o muy alto riesgo | El retorno o reincorporación al trabajo en puestos de trabajo de alto o muy alto riesgo debe considerar jornadas semipresenciales por 30 días y reevaluación después de 30 días. |
6.- Medidas Preventivas Colectivas
El empleador debe aplicar medidas preventivas de aplicación colectiva, tales como:
- Realizartrabajo remoto o migrar de forma permanente al teletrabajo.
- Las reuniones de trabajo o capacitaciones deben ser preferentemente virtuales.
- El distanciamiento físicoentre trabajadores deberá ser de, al menos, un (01) metro, siempre que se haga uso de los equipos de protección personal correspondientes.
- Establecerhorarios escalonados para el ingreso y salida del centro de trabajo.
El Servicio de SST evalúa la continuidad del trabajo remoto y en caso, no sea posible por la naturaleza de sus funciones, el retorno a trabajo mixto o presencial debe ser a puestos de trabajo de bajo riesgo.
7. RECOMENDACIONES SOBRE CÓMO PREPARAR LA OFICINA PARA EL RETORNO DE LOS TRABAJADORES?
- Buscar aliados de limpieza: En el mercado existen empresas que brindan este tipo de servicios y que están autorizadas por las autoridades gracias a su experiencia y certificaciones. De esta manera, podrás asegurar contar con personal especializado, generando un ahorro económico y de tiempo.
- Redistribuir el espacio de la oficina: Es importante que exista una distancia de un metro y medio entre los trabajadores. Por ello, resulta vital identificar los puntos más críticos que concentran una mayor cantidad de colaboradores en un espacio más reducido. Una opción bastante útil es la implementación de escritorios aislados, también llamados cubículos. Otro aspecto para revisar es la ventilación, mantener las ventanas abiertas hará que el aire circule.
- Implementar una ficha de control de salud del personal: Realiza una encuesta o el llenado de una ficha, en el que se pueda identificar si cada empleado que va a ingresar o ingresa a la oficina tiene algún síntoma de Covid-19. Recuerda que es fundamental verificar la salud del personal antes del retorno a las labores y durante.
- Coloca señalización y mensajes guía: El lavado de manos es vital, por ello, se debe colocar guías sobre el correcto lavado de manos, así como señalización de los puntos en los que podrán encontrar desinfectantes. Asimismo, es de gran ayuda indicar que se debe desinfectar cada espacio luego de ser utilizado. No olvides preparar los servicios higiénicos para que cumplan con los lineamientos otorgados por las autoridades.
- Desarrolla un protocolo para prevenir el coronavirus: Elabora un protocolo para evitar contagios por la Covid-19 y compártelo con tus colaboradores antes de iniciar las operaciones presenciales. Organiza los equipos y delega a un líder por área. Este protocolo debe incluir medidas como el uso de doble mascarilla o una KN95 en su defecto, evitar saludos mediante abrazos, besos o apretones de mano, cubrirse la nariz y boca con el antebrazo o papel desechable, entre otros.